El tribunal de disciplina de la Federación Pampeana de básquet dio a conocer las sanciones que se le aplicaran al jugador y al técnico de Belgrano de Santa Rosa.
TRIBUNAL DE DISCIPLINA Y PENAS
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SANTA ROSA 11 DE AGOSTO DE 2016 |
DANDO ENTRADA AL INFORME DE LOS JUECES MARANZANA RICARDO Y GAMBOA ANGEL, POR EL INCIDENTE OCURRIDO EN LA JORNADA DONDE EL CLUB BELGRANO DE SANTA ROSA FUE LOCAL DE FERRO DE GENERAL PICO, DONDE SE INFORMA SOBRE LA AGRESIÓN FISICA Y VERBAL DEL DIRECTOR TECNICO DE EQUIPO LOCAL CARRACEDO GUIDO CON LICENCIA NUM 325 HACIA EL 1ER JUEZ POR LO ANTES EXPUESTO SE RESUELVE; NOTIFICAR AL CLUB GENERAL BELGRANO DE SANTA ROSA QUE EL ENTRENADOR RECIBE UN APERCIBIMIENTO EN LO QUE RESPECTA A LA SANCION ECONÓMICA, EN TANTO QUE EN LA SANCIÓN DEPORTIVA SE LO SUSPENDE POR UN PERIODO DE (6) SEIS FECHAS CON REDUCCIÓN A (4) CUATRO FECHAS POR NO POSEER ANTECEDENTES, TAL CUAL LO PREVEE EL ARTICULO 160° EN SU INCISO A, DONDE SE DETERMINA UNA MULTA ECONOMICA DE HASTA DIECIOCHO AJC Y UNA SUSPENSION DEPORTIVA DE VEINTE A OCHENTA PARTIDOS.-
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TRIBUNAL DE DISCIPLINA Y PENAS
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SANTA ROSA 11 DE AGOSTO DE 2016 |
DANDO ENTRADA AL INFORME DE LOS JUECES MARANZANA RICARDO Y GAMBOA ANGEL, POR EL INCIDENTE OCURRIDO EN LA JORNADA DONDE EL CLUB BELGRANO DE SANTA ROSA FUE LOCAL DE FERRO DE GENERAL PICO, DONDE SE INFORMA SOBRE LA AGRESIÓN VERBAL DEL JUGADOR LOCAL NUM 13 FREZZI CON LICENCIA NUM 568 HACIA LOS JUECES. POR LO ANTES EXPUESTO SE RESUELVE; NOTIFICAR AL CLUB GENERAL BELGRANO DE SANTA ROSA QUE EL JUGADOR RECIBE UN APERCIBIMIENTO EN LO QUE RESPECTA A LA SANCION ECONÓMICA, EN TANTO QUE EN LA SANCIÓN DEPORTIVA SE LO SUSPENDE POR UN PERIODO DE (2) DOS FECHAS CON REDUCCIÓN A (1) UNA FECHA POR NO POSEER ANTECEDENTES, TAL CUAL LO PREVEE EL ARTICULO 160 EN SU INCISO A, DONDE SE DETERMINA UNA MULTA ECONOMICA DE HASTA DIECIOCHO AJC Y UNA SUSPENSION DEPORTIVA DE VEINTE A OCHENTA PARTIDOS.- SIN MAS SALUDA ATTE.-
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TRIBUNAL DE DISCIPLINA Y PENAS |