El Tribunal de disciplina de la Federación Pampeana de Básquet se expidió el 14 de junio del corriente y sancionó a los siguientes jugadores ,entrenadores y expectadores .
TRIBUNAL DE DISCIPLINA Y PENAS
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SANTA ROSA 14 DE JUNIO DE 2016 |
DANDO ENTRADA AL INFORME DE LOS JUECES BRITO MAURO Y MARANZANZA RICARDO, POR EL INCIDENTE OCURRIDO EN LA JORNADA DONDE EL CLUB ESTUDIANTES DE SANTA ROSA FUE LOCAL DE GENERAL BELGRANO DE LA MISMA CIUDAD EN EL PARTIDO DE LA CATEGORIA PRIMERA DIVISION, SE INFORMA QUE “EL JUGADOR LOCAL PEREZ NICOLAS LIC 615 FUE EXPULSADO POR COMETER UNA FALTA DESCALIFICADORA EN PERJUICIO DEL JUGADOR NETTO E, LIC 598.- POR LO ANTES EXPUESTO SE RESUELVE; NOTIFICAR AL CLUB ESTUDIANTES DE SANTA ROSA QUE EL JUGADOR RECIBE UNA SANCIÓN DE APERCIBIMIENTO EN LO QUE RESPECTA A LA SANCION ECONÓMICA, EN TANTO QUE EN LA SANCIÓN DEPORTIVA SE LO SUSPENDE POR UN PERIODO DE (2) DOS FECHAS SIN REDUCCION POR POSEER ANTECEDENTES, TAL CUAL LO PREVEE EL ARTICULO 156°, DONDE SE DETERMINA UNA MULTA ECONOMICA DE HASTA (6) SEIS AJC Y UNA SUSPENSION DEPORTIVA DE HASTA (4) CUATRO PARTIDOS.- SIN MAS SALUDA ATTE.-
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TRIBUNAL DE DISCIPLINA Y PENAS |
TRIBUNAL DE DISCIPLINA Y PENAS
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SANTA ROSA 14 DE JUNIO DE 2016 |
DANDO ENTRADA AL INFORME DE LOS JUECES ROBATTO PABLO Y PINEDO IVAN, POR LOS INCIDENTES OCURRIDOS EN LA JORNADA DONDE EL CLUB JUVENTUD UNIDA DE ALPACHIRI FUE LOCAL ANTE FERRO CARRIL OESTE DE GENERAL PICO, EL MISMO EXPRESA QUE EL SEÑOR KLOSTER MARIO ESPECTADOR DEL CLUB LOCAL, AGREDIO VERBALMENTE A LOS ARBITROS CUANDO PROMEDIABA EL SEGUNDO CUARTO, DICHO ESPECTADOR FUE EXPULSADO DEL ESTADIO SIN MAYORES INCONVENIENTES. POR LO ANTES EXPUESTO SE RESUELVE; NOTIFICAR AL CLUB JUVENTUD UNIDA DE ALPACHIRI QUE: EL SEÑOR KLOSTER MARIO SE ENCUENTRA SUSPENDIDO POR EL PERÍODO DE 30 DIAS CON REDUCCION A 15 DIAS POR NO POSEER ANTECEDENTES (HASTA EL 30 DE JUNIO) PARA INGRESAR EN CUALQUIER ESTADIO DONDE SE ESTE JUGANDO UNA JORNADA DE BASQUETBOL ORGANIZADA Y FISCALIZADA POR LA FEDERACION PAMPEANA DE BASQUETBOL, TAL CUAL SE DETALLA EN EL ARTICULO 138 “DEL ESPECTADOR” EN SU INCISO B), EL QUE DETERMINA PENAS DE 30 A 60 DÍAS. TAMBIEN SE RESUELVE NOTIFICAR AL JUVENTUD UNIDA DE ALPACHIRI QUE RECIBE UN “APERCIBIMIENTO” PASIBLE DE SANCION DEPORTIVA Y ECONÓMICA EN CASO DE LA REITERACION DE ESTOS HECHOS TAL CUAL LO INDICA EL ARTICULO 60.- |
TRIBUNAL DE DISCIPLINA Y PENAS
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SANTA ROSA 14 DE JUNIO DE 2016 |
DANDO ENTRADA AL INFORME DEL 1° JUEZ EL SEÑOR CAVALLOTTI C Y 2° JUEZ EL SEÑOR CORDOBA F Y LA PLANILLA DE JUEGO FIRMADA BAJO PROTESTA POR EL JUGADOR BONINO, CAPITAN DEL MISMO, CORRESPONDIENTE AL PARTIDO DE LA CATEGORÍA U-19, DONDE EL CLUB CULTURAL ARGENTINO DE GENERAL PICO RECIBIÍA A INDEPENDIENTE DE LA MISMA CIUDAD, SE DETECTO QUE EL JUGADOR LEMA EMANUEL, DNI 39.476.668, NACIDO EL 10 DE JULIO DE 1996 JUGÓ PARA EL EQUIPO LOCAL ESTANDO INHABILITADO PARA HACERLO POR SU EDAD.- POR LO ANTES EXPUESTO SE RESUELVE; NOTIFICAR AL CLUB CULTURAL ARGENTINO DE GENERAL PICO QUE EL ENTRENADOR BECERRA JAVIER, DT DEL EQUIPO EN CUESTIÓN RECIBE UNA SANCIÓN DE APERCIBIMIENTO Y SEVERO LLAMADO DE ATENCIÓN EN LO QUE RESPECTA A LA SANCION ECONÓMICA Y DEPORTIVA, TAL COMO LO PREVEE EL REGLAMENTO SIENDO RESPONSABLE DIRECTO DE UNA MALA INCLUSIÓN EN UN EQUIPO DEL CUAL FUERE RESPONSABLE TECNICO. EN TANTO QUE EN LA SANCIÓN DEPORTIVA SE RESUELVE DAR POR GANADO DICHO ENCUENTRO AL CLUB SPORTIVO INDEPENDIENTE POR 20-0 POR LA MALA INCLUSIÓN DE UN JUGADOR RIVAL.- EN LO QUE RESPECTA A LA SANCION AL JUGADOR (LEMA EMANUEL LIC 668) SE RESUELVE LA SUSPENSIÓN POR UN PERIODO DE (2) DOS FECHAS SIN REDUCCION, TAL CUAL LO PREVEE EL ARTICULO 158° INCISO “E” QUE DICE ACTUARE PARA UNA DIVISIÓN PARA LA CUAL NO ESTUVIERE HABILITADO…. SIN MAS SALUDA ATTE.-
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